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Personal

CONCURSOS PARA EL PERSONAL NO DOCENTE


El concurso para el personal no docente se llevará a cabo tanto para el ingreso como para la promoción del personal no docente de la Universidad Nacional de General San Martin, cualquiera sea su agrupamiento, conforme lo establecido en el Régimen de Concursos del Convenio Colectivo de Trabajo, homologado por el decreto 366/06.-

Tipos de Concursos

  • Concursos Cerrados Generales: Podrán participar del mismo quienes presten servicios No Docentes en la Universidad Nacional de General San Martín y cuenten con al menos seis (6) meses de antigüedad en la Institución, independientemente del lugar donde se encuentre el cargo a cubrir mediante el llamado a concurso, en tanto cumplan con los requisitos generales y específicos del cargo. Esta modalidad resulta obligatoria para la sustanciación de los concursos correspondientes a las categorías 1, 2, 3, 4 y 5 del Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal No Docente de las Universidades Nacionales homologado por Decreto Nº 366/06
  • Concursos Cerrados Internos: En este tipo de concursos podrá participar solamente el personal que preste servicios como No docente en la dependencia que se realice el llamado a concurso, que cuente con al menos seis (6) meses de antigüedad en la institución en tanto cumpla con los requisitos generales y específicos del cargo. Se podrán utilizar de forma excepcional, fundamentando su empleo, solo para el caso de concursos de las categorías 5, 6 y 7 del Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal No Docente de las Universidades Nacionales homologado por Decreto Nº 366/06.
  • Concursos Abiertos:  Son aquellos en los que puede participar cualquier persona que reúna los requisitos generales y específicos para el puesto que se concursa independientemente de su pertenencia a la planta de personal No docente de la Universidad de General San Martín. Será utilizada esta clase si a través de los concursos cerrados no puede cubrirse la vacante, por resultar desierto o fracasado el llamado a concurso.

Quienes pueden inscribirse

  • Personal contratado
  • Personal de planta transitoria
  • Personal de planta permanente

Requisitos Generales de Aspirantes

  • Tener dieciocho (18) años de edad cumplidos;
  • Haber cursado los estudios que, para cada categoría, grupo o función, se establezcan;
  • Aprobar los exámenes médicos y psicotécnicos que se fijen (apto médico) de corresponder;
  • Acreditar idoneidad para el cargo en el concurso de antecedentes y oposición que a tal fin se requiera;
  • Tener al menos 6 (seis) meses de antigüedad prestando servicios como personal no docente de la Universidad Nacional de General San Martín.;
  • Podrán presentarse a concurso quienes no excedan, a la fecha del llamado a concurso, la edad fijada para iniciar el procedimiento de obtención del haber jubilatorio, de acuerdo con las disposiciones vigentes en la materia;
  • No estar incurso en ninguna de las situaciones previstas en el art. 21 del Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal No Docente de las Universidades Nacionales homologado por Decreto Nº 366/06 ni en las disposiciones al respecto que se consagren en los sucesivos Convenios.

No podrán inscribirse

  • Los condenados por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena.
  • Los condenados por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal.
  • Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos público.
  • Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria nacional o en la Administración pública nacional, provincial o municipal.
  • Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aun cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena.

PUBLICACIÓN DEL LLAMADO

El llamado a concurso se publicará con una antelación mínima de quince (15) días hábiles a la fecha de apertura de la inscripción en la página Web de la Universidad. Además, se comunicará por correo electrónico a todo el personal si es general, y a los de la dependencia de que se trate si es interno. En caso de que sea abierto, se publicará por un día, además, en un diario de amplia difusión nacional. Asimismo, deberá publicarse el llamado utilizando avisos, murales, carteles y los medios electrónicos de la Universidad habilitados a tal efecto. La inscripción a los concursos se recibirá durante cinco (5) días hábiles.

  • a) Apellido y Nombres de la persona que se postula;
  • b) Lugar y fecha de Nacimiento;
  • c) Estado Civil;
  • d) Número y tipo de Documento Nacional de Identidad,
  • e) Domicilio real, teléfono y correo electrónico
  • f) Estudios cursados, Currículum Vitae y el respaldo documentado de la información otorgada.


Operado el cierre de la inscripción, y verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos de las personas presentadas, se hará pública la nómina de aspirantes en la dependencia a la que corresponda el puesto a concursar, y en la página web de la Universidad durante cinco (5) días hábiles. Durante ese lapso, se correrá vista de la documentación presentada por las personas postuladas a todas las inscriptas, pudiendo observarla o impugnarla, durante el mismo lapso. En ese período, dichas personas, podrán recusar a las personas que integran el Jurado y éstas excusarse.

La Inscripción se realizara de la siguiente manera:

  • Preinscripción vía Web UNSAM:

Estará disponible en la página web un formulario de preinscripción. Este trámite no reemplaza la inscripción presencial. Al completarlo, el postulante abreviará los tiempos de su trámite en nuestras oficinas, que contribuirá a una mejor atención.

  • Inscripción Presencial:

La inscripción es personal. Los interesados deberán presentarse con el D.N.I. (original y copia), último título obtenido (original y copia) y con los formularios de inscripción que se generaron mediante la preinscipción web.
La información requerida en el formulario de inscripción ANEXO III – RESOLUCIÓN N°885/2021 en relación con el número de concurso, el número de expediente y la Disposición o Resolución que aprobó el mismo, la encontraran en la PESTAÑA DE CONCURSOS dentro de la Unidad que seleccione. Para mayor información pueden comunicarse con nosotros a través del mail capitalhumano@unsam.edu.ar

PUBLICACIÓN DE INSCRIPTOS

Corresponde a la nómina de postulantes en donde se informaran los inscriptos en cada concurso con las fechas para la Entrevista Personal y Prueba de Oposición.
La evaluación que llevara a cabo el jurado constara de dos instancias:

  • Entrevista Personal: El Jurado deberá realizar una entrevista después de la prueba de oposición, para formarse una idea más cabal de cada postulante, con relación a sus inquietudes y su actitud frente al cargo concursado. En relación los concursos correspondientes al tramo mayor se les podrá requerir que sugieran aportes para mejorar la gestión del área, experiencia en administración de situaciones de conflicto propias de las funciones de conducción de grupos, condiciones y aptitudes para la dirección, organización, control y supervisión y demás conocimientos y aportes que resulten relevantes con relación a las funciones del cargo a concursar. El jurado deberá hacer un informe razonado de la entrevista de cada postulante para fundamentar su calificación.
  • Prueba de oposición: El Jurado tomara un examen oral y/o escrito. Dicho examen tendrá por fin evaluar los conocimientos técnicos (previamente publicados como temario obligatorio durante el llamado) de los postulantes requeridos para desarrollar las tareas propias del cargo a cubrir.

Dentro de los tres (3) días hábiles desde la publicación del listado de postulantes al concurso, dichos aspirantes y la comunidad universitaria tendrán derecho a objetar ante la autoridad que formuló el llamado a las personas inscriptas, o quienes integren el jurado, debido a su carencia de integridad moral, rectitud cívica, ética universitaria o profesional, o por haber tenido participación directa en actos o gestiones que afecten el respeto a instituciones de la República y a los principios democráticos consagrados por la Constitución. Estas carencias no podrán ser reemplazadas por méritos inherentes a las funciones. Serán también causas de objeción, aquellas que se encuentren comprendidas en las causales de inhabilitación para el desempeño de cargos públicos. Dichas impugnaciones deben ser enviadas al correo electrónico establecido al efecto indicando en el asunto los datos del concurso. Cualquier objeción formulada a aspirantes o al jurado deberá estar explícitamente fundada y acompañada de las pruebas que pretendiera hacerse valer, con el fin de eliminar toda discriminación ideológica, de creencia, sociales y culturales.

GANADORES DEL CONCURSO (ORDEN DE MERITO)


La calificación máxima será de cien (100) puntos, distribuidos de la siguiente manera:

  • Entre cero (0) y cincuenta (50) puntos a los antecedentes (Antigüedad – Titulos y estudios formales realizados – Saberes Formales e Informales que hacen a la función – Categoría en que revista la persona postulada)
  • Entre cero (0) y cincuenta (50) puntos al resultado de la prueba de oposición.